Jueves 12 de agosto de 2010, p. 36
El rector de la Universidad Nacional Autónoma de México (UNAM), José Narro Robles, se pronunció contra la criminalización de las mujeres que han abortado de manera voluntaria o espontánea. En tanto que el titular de la Secretaría de Salud (Ssa), José Ángel Córdova Villalobos, consideró que no hay que penalizar la interrupción del embarazo involuntario.
Al concluir su participación en el Encuentro Académico Fondo Sectorial de Investigación en Salud 2010, efectuado en la Facultad de Medicina de la UNAM, fueron cuestionados sobre el caso de seis mujeres encarceladas en Guanajuato acusadas de homicidio por abortar espontáneamente. Ambos dijeron desconocer las particularidades de estos casos, aunque coincidieron en afirmar que el aborto involuntario no debe penalizarse.
No puedo solidarizarme con quienes criminalizan a las mujeres que voluntariamente y, menos aún, involuntariamente, tienen un aborto
, subrayó el rector Narro.
Consideró que México tiene que abrirse mucho más en el análisis de todo lo relacionado con la interrupción del embarazo y en la discusión sobre el derecho de la mujer a decidir sobre su cuerpo.
Mientras, el secretario de Salud –quien ha manifestado su interés por competir por la candidatura panista a la gubernatura de Guanajuato– aseguró no conocer el caso de las indígenas encarceladas en esa entidad por haber sufrido abortos involuntarios.
Sin embargo, reiteró su rechazo a criminalizar a quienes sufren ese proceso de manera espontánea. Yo ya he dicho: aborto espontáneo no debe de ser penalizado, porque hay millones de mujeres que los tienen
.
Entrevistado por separado, tras un foro sobre la reforma del Estado efectuado en la Coordinación de Humanidades de la UNAM, Genaro Góngora Pimental, ex ministro de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, calificó de vergüenza
que las autoridades de Guanajuato hayan condenado a más de 20 años de prisión a seis indígenas que sufrieron abortos involuntarios por problemas, como la desnutrición, acusándolas de homicidio.
En el año 2001, durante la administración de Juan Carlos Romero Hicks, las autoridades guanajuatenses aprobaron castigar penalmente, hasta con 30 años de prisión, a quienes aborten aún de manera involuntaria bajo el delito de homicidio en razón de parentesco
. En dichas normas, las causas como violación sexual o enfermedad de la madre no son circunstancias atenuantes de responsabilidad penal.
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