Juan Velázquez: debe cumplir su condena completa, pues fue acusado de homicidio calificado
Martes 22 de marzo de 2011, p. 11
A 17 años del asesinato de Luis Donaldo Colosio Murrieta, candidato priísta a la Presidencia de la República en 1994, el caso se encuentra igual desde octubre de 2000, al final del sexenio de Ernesto Zedillo, cuando fue enviado a la reserva
.
En tanto, Mario Aburto Martínez, autor material de ese homicidio, podría recuperar su libertad en un plazo máximo de tres años, al acumular tiempo de reclusión y beneficios, con los cuales legalmente está en condiciones de solicitar su preliberación.
Funcionarios del gobierno federal revelaron que Aburto Martínez podría incluso abandonar la prisión de máxima seguridad de Occidente (antes Puente Grande) a finales de este año, si tramita su preliberación y en ella se acepta que se deben restar a su sentencia de 45 años al menos ocho por la realización de actividades educativas, laborales o culturales, y entre uno y dos años por buena conducta y ser primodelincuente, como consideraba la legislación vigente al momento del homicidio.
De esa manera, sumaría teóricamente hasta 27 años de encarcelamiento, suficientes para sostener que ha purgado tres quintas partes de su condena, situación que lo coloca como candidato a ser preliberado, de acuerdo con lo establecido en el Código Penal de aquella época y la Ley de Ejecución de Sanciones Penales.
Funcionarios federales revelaron que en 2003 el Centro de Investigación y Seguridad Nacional (Cisen) elaboró un estudio sobre el caso Colosio y la vida en prisión de Mario Aburto, el cual afirma que el sentenciado podría recuperar su libertad en el primer semestre de 2012 o a principios de 2014, según el modo en que las autoridades penitenciarias le reconozcan beneficios.
Mario Aburto Martínez fue juzgado por los delitos de homicidio calificado, con premeditación, ventaja y alevosía, así como por el ilícito de portación de arma de fuego sin licencia, como lo solicitó el Ministerio Público Federal el 25 de marzo de 1994 al juez primero de distrito en materia penal con sede en Toluca, estado de México.
De acuerdo con información proporcionada por la Procuraduría General de la República (PGR), Aburto Martínez fue sentenciado en primera instancia el 5 de octubre de 2004, con una pena de 48 años.
Sin embargo, y según los registros de la Subprocuraduría de Control Regional, Procesos Penales y Amparo de la PGR, el inculpado promovió dos apelaciones contra su sentencia. La primera se resolvió el 30 de octubre de 2004 y se le redujo la condena a 42 años.
Luego promovió el otro recurso, y el 16 de diciembre de ese mismo año el primer tribunal unitario con sede en Toluca estableció en 45 años su pena de manera definitiva.
De acuerdo con la investigación nunca cuestionada, y dirigida por quien fue fiscal especial del caso de 1996 al 2000, Luis Raúl González Pérez, el 23 de marzo de 1994, minutos después de las 17 horas tiempo local de Tijuana (en la capital mexicana eran las 19 horas), Luis Donaldo Colosio había concluido un mitin al que asistieron alrededor de 4 mil personas, el doble de lo esperado. La camioneta en que abandonaría el lugar quedó a unos 50 metros del templete donde dio su discurso.
Los organizadores del acto proselitista y su escolta, integrada por 14 elementos del Estado Mayor Presidencial, “intentaron realizar una valla sin conseguirlo, ya que la gente comenzó a arremolinarse alrededor del candidato, quien inició su marcha con mucha dificultad, y debido a la aglomeración, por lo cual avanzó lentamente hacia el puente de acceso a la colonia Lomas Taurinas, en Tijuana, Baja California.
“(...) El sonido ambiental reproducía la melodía La culebra con un volumen muy alto. El licenciado Colosio había avanzado cerca de 13.50 metros, en un tiempo aproximado de 1.58 minutos, según el dictamen pericial (...) cuando Mario Aburto Martínez disparó a la cabeza del candidato”, y dos segundos más tarde al abdomen, señala el informe que se hizo público en septiembre de 2000.
Horas más tarde el médico de cabecera de Colosio Murrieta, Guillermo Castorena Arellano, afirmó que la lesión era tan grave que aun en el mejor hospital del mundo, en el quirófano con el mejor cirujano del mundo, no había nada qué hacer
, pues fue un deceso instantáneo (...) la lesión neurológica ya estaba hecha con el primer impacto de bala
.
Mario Aburto Martínez fue detenido y llevado a la delegación de la PGR en Tijuana.
El caso despertó múltiples sospechas, ya que desde las primeras horas se generó la teoría de que en el homicidio habían participado al menos dos tiradores; que los orificios habían sido causados por balas de distinto calibre; que se trató de un complot político para sustituir al candidato debido a problemas con el presidente Carlos Salinas; que en el sitio se habían sembrado ojivas de bala; que un grupo de narcotraficantes había planeado el asesinato, y también que el asesino había sido suplantado durante su traslado a la ciudad de México.
Para septiembre de 2000, todas esas hipótesis fueron desechadas. La fiscalía del caso Colosio hizo público su último informe y sus resultados se mantienen legalmente incuestionados. Desde 1994 no se han localizado indicios de un autor intelectual.
Aburto Martínez fue consignado el 25 de marzo de 1994 ante el juzgado primero de distrito y sentenciado de manera definitiva por el primer tribunal unitario en materia penal, con sede en Toluca, en diciembre de ese mismo año. El homicida confeso aún puede tramitar un amparo contra su condena o promover su libertad preparatoria.
Durante los primeros 10 años de su condena, Mario Aburto estuvo bajo vigilancia permanente en el penal de máxima seguridad de Almoloya, y en octubre de 2004 fue cambiado al de Puente Grande, en Jalisco. Su envío se realizó junto con otros 49 internos, entre ellos el narcotraficante Rafael Caro Quintero, y Daniel Aguilar Treviño, homicida material de José Francisco Ruiz Massieu, presidente del PRI, en septiembre de 1994, en la ciudad de México.
El abogado Francisco Félix Garza García, considerado el decano de los litigantes en penales de máxima seguridad, señaló que Aburto puede solicitar su libertad en cualquier momento, ya que en 1994 las leyes consideraban, entre otros beneficios para reducir la condena, ser primodelincuente, observar buena conducta, estudiar y trabajar.
Pero lo más importante estriba en que en marzo de 1994, aunque se consideraron agravantes para el homicidio de Luis Donaldo Colosio, el delito no era considerado grave. Ese cambio se dio en julio de ese año, y fue en 1999, durante el mandato de Ernesto Zedillo, que en el Código Penal Federal se estableció que aquellos que cometieran homicidio agravado no pudieran obtener beneficios de preliberación y tendrían que cumplir su sentencia de manera completa
, explica el litigante.
Con respecto de la situación actual de Mario Aburto y los beneficios obtenidos a lo largo de su encarcelamiento, La Jornada realizó una solicitud de información pública al Órgano Administrativo Desconcentrado de Prevención y Readaptación Social, dependiente de la Secretaría de Seguridad Pública federal. La respuesta fue que es confidencial, porque los expedientes conformados a los internos (...) contienen datos personales concernientes a una persona física, identificada o identificable, relativos a su origen étnico o racial, características físicas, morales o emocionales, a su vida afectiva y familiar, domicilio, número telefónico, patrimonio, ideología y opiniones políticas, creencias, convicciones religiosas, filosóficas, estados de salud físicos o mentales, las preferencias sexuales u otras análogas que afectan su intimidad
.
De igual manera se buscó durante más de un mes una entrevista con el subsecretario de la SSP, Patricio Patiño Arias, sin obtener respuesta.
Por su parte, el abogado Juan Velázquez, quien fungió como representante de la familia Colosio Riojas ante la PGR y aseguró que ésa ha sido su encomiendamás honrosa, señaló que
Mario Aburto debe cumplir su sentencia completa, pues fue acusado de homicidio calificado
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