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miércoles, 19 de octubre de 2011

Las mujeres en reclusión viven constante violación a sus derechos humanos: informe

En centros penitenciarios del estado de Puebla, algunas mujeres son sometidas a anticoncepción forzada, sin que haya valoración por parte de los médicos sobre si el método es adecuado y compatible con su cuerpo, sin brindarles información acerca del mismo y sin importar si dan su consentimiento, revela el Informe sobre la situación de las personas privadas de libertad en México, elaborado por las organizaciones Asilegal, Documenta y el Instituto de Derechos Humanos Ignacio Ellacuría SJ, de la Universidad Iberoamericana Puebla.

El documento analiza la situación que viven grupos vulnerables en reclusión, entre ellos las mujeres, y encontró, a partir de entrevistas con ellas y de informes de la Comisión de Derechos Humanos estatal, que en esa entidad se ha verificado que las mujeres en reclusión que desean embarazarse deben presentar una solicitud al Consejo Interdisciplinario que regula cada centro, con la finalidad de que se autorice el embarazo.

Para tener acceso a dicha autorización se valoran cuestiones a todas luces discriminatorias, tales como estabilidad económica, duración de la sentencia, edad, así como el estado civil, asienta.

De manera general, el reporte da cuenta de la constante violación a los derechos fundamentales de las mujeres (alimentación, salud, educación, trabajo, sexuales y reproductivos) en centros penitenciarios de todo el país.

Muestra de ello es que dichas garantías son condicionadas a cambio de favores sexuales. Incluso, en centros de reclusión penal en los estados de Guanajuato, Puebla, Guerrero y Querétaro algunas mujeres señalaron haber sido presionadas para realizar actos sexuales a cambio de dinero.

El informe concluye que el sistema carcelario está pensado, construido y manejado por y para los hombres; las mujeres, a diferencia de ellos, son consideradas una adhesión irremediable a la que deben dar un espacio, sin procurarles condiciones adecuadas para el ejercicio y goce de sus derechos humanos, especialmente a la salud sexual y reproductiva.

Así, los centros de reclusión penal no contemplan servicios ginecológicos permanentes y no brindan atención sobre salud sexual y reproductiva; carecen de acceso continuo a métodos anticonceptivos, medicina gineco-obstétrica, planificación familiar, detección de enfermedades de transmisión sexual y a información para el ejercicio de su sexualidad.

Además, la visita conyugal es utilizada en muchas ocasiones como forma de control sobre las mujeres en prisión. De esta forma, se puede dar el caso en que a una mujer se le sancione con seis meses sin derecho a visita íntima, por el simple hecho de cambiar de pareja.

Advierte de la particular vulnerabilidad de las embarazadas, pues no tienen acceso a revisiones médicas fundamentales, por lo que corren mayor riesgo.

De 227 mil 671 personas presas en el país, 10 mil 447 (4.5 por ciento) son mujeres. Sólo existen 10 centros femeniles con capacidad para mil 564 mujeres, lo que representa únicamente 8.5 por ciento del total de recluidas.

La carencia de instalaciones provoca que la población femenil sea distribuida en los demás centros penitenciarios denominados mixtos, donde son alojadas en pabellones improvisados con altas tasas de hacinamiento

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