Desde que entró en vigor la Ley Federal de Extinción de Dominio, el 27 de agosto de 2009, la Procuraduría General de la República (PGR) ha iniciado 45 averiguaciones previas, de las cuales sólo 14 han concluido en tribunales federales, con la petición de que se aplique esa norma, y hasta el momento no se ha emitido sentencia alguna que sea favorable a la Federación, revelan estadísticas de esa dependencia y del Poder Judicial Federal (PJF)
A pesar de que el gobierno federal buscaba contar con esta herramienta contra el crimen –desde la reforma judicial de 2008–, en un principio no la utilizó para casos de delincuencia organizada.
El 10 de marzo de 2010, la PGR promovió la primera demanda de esta naturaleza contra un inmueble utilizado como narcotiendita en la colonia San Martín Xochináhuac, en la delegación Azcapotzalco del Distrito Federal.
Inicialmente, la PGR alegó que no recurría a este instrumento legal porque implicaba entregar indagatorias a jueces ajenos a un proceso penal, lo cual rompía con el sigilo y abría información confidencial que podía alertar a otros implicados.
Fue hasta finales de 2010 cuando el Ministerio Público Federal comenzó a entablar demandas de extinción de dominio contra bienes relacionados con narcotraficantes, y a la fecha ha promovido por lo menos 14 recursos de este tipo ante jueces especializados en esa materia en todo el país.
El penalista Rogelio Garza, experto en delincuencia organizada, señaló a La Jornada que estos litigios funcionaron en Colombia porque la fiscalía de esa nación dio prioridad a la legislación penal por encima de la civil
.
En México –explicó–, es más complejo el asunto, ya que la Constitución tutela los derechos de propiedad al mismo rango que las garantías de seguridad jurídica y legalidad, y en el artículo 16 establece la tutela fundamental a las propiedades
.
Otro factor que complica aplicar la Ley de Extinción de Dominio es la falta de conocimiento y de experiencia de los juzgadores mexicanos en esa materia.
Tenemos apenas dos años aplicando estas medidas legales y nuestros jueces francamente no tienen a la mano jurisprudencia en esa materia, por lo que sus interpretaciones se basan en doctrinas jurídicas arcaicas
, añadió Garza.
El mes pasado, la PGR pidió a un juez federal declarar en favor del Estado la extinción de dominio de la residencia donde fue abatido el capo del cártel de Sinaloa Ignacio, Nacho, Coronel Villarreal, en Guadalajara, Jalisco, el 29 de julio de 2010.
Roberto Enrique Terrón Sánchez, fiscal de la Subprocuraduría de Investigación Especializada en Delincuencia Organizada, adscrito a la unidad de indagación de delitos contra la salud, interpuso la demanda ante un juez del Distrito Federal especializado en extinción de dominio.
De acuerdo con el expediente 5/2011, la PGR identifica a Mauricio Navarro Barajas como el demandado y posible propietario de la casa ubicada en calle Paseo de los Parques 1464, en el fraccionamiento Lomas del Valle, también conocido como Colinas de San Javier.
La propiedad requerida es donde en julio del año pasado elementos del Ejército sorprendieron a Nacho Coronel mientras recibía un masaje y estaba desprovisto de su equipo de escoltas.
Coronel Virrarreal era el responsable –en el cártel de Sinaloa– de la denominada ruta del Pacífico, que comprende Jalisco, Colima, Nayarit y parte de Michoacán, informó el Ejército en aquella ocasión.
El fallo que emita la autoridad judicial es apelable, aunque en el caso del demandado debe manifestar desde un principio su interés sobre el inmueble.
Para la PGR, este fue el segundo procedimiento donde reclama un inmueble en el que fue abatido un capo de las drogas, pues tiene en curso otro procedimiento contra el dueño del departamento donde fue muerto Arturo Beltrán Leyva, El Barbas, el 16 de diciembre de 2009 en Cuernavaca, Morelos
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