A partir de este martes entra en vigor en el país el decreto que expide la Ley Federal de Archivos, la cual prohíbe a los funcionarios públicos hacer un uso discrecional de los documentos y registros gubernamentales, según lo publicado ayer en el Diario Oficial de la Federación.
El ordenamiento crea las disposiciones para la organización y conservación de los archivos en posesión de los poderes Ejecutivo, Legislativo y Judicial, los organismos constitucionales autónomos (universidades, Banco de México, CNDH, IFE y otros), así como los tribunales administrativos federales.
La ley define los documentos gubernamentales como bienes públicos y anula la posibilidad de que los funcionarios usen los documentos oficiales en forma discrecional.
Así, prohíbe a los servidores públicos sustraer documentos bajo su custodia y resguardo, y los obliga a entregarlos al final del encargo.
La normatividad incluye disposiciones específicas para los archivos presidenciales, de tal modo que prevé reglas claras para que la ciudadanía tenga acceso a documentos con valor histórico e información confidencial.
Asimismo, facilitará el uso de la información, contribuirá a una efectiva rendición de cuentas, fortalecerá el ejercicio del derecho de acceso a la información y otorga al Instituto Federal de Acceso a la Información y Protección de Datos las facultades para expedir lineamientos en organización y conservación de documentos electrónicos, aunado a que da carácter de organismo descentralizado y no sectorizado al Archivo General de la Nación.
Integrada por 56 artículos, la ley instaura la estructura organizacional y los instrumentos mínimos para garantizar la conservación y organización de los archivos gubernamentales, tanto físicos como electrónicos, de modo tal que no se comprometa el valor probatorio de los documentos y se conserve la memoria histórica de las instituciones
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