Emplazan a partidos y coaliciones a rectificar las candidaturas sobre la cuota de género
Sábado 7 de abril de 2012, p. 10
El Diario Oficial de la Federaciónpublicó cuatro acuerdos asumidos en el Consejo General del Instituto Federal Electoral (IFE), con objeto de autorizar al presidente consejero, Leonardo Valdés Zurita, ordene la aplicación del conteo rápido el día primero de julio próximo, para conocer las tendencias de la votación presidencial.
El órgano electoral también da a conocer el plazo de 48 horas concedido a los partidos políticos contendientes en el proceso electoral para rectificar sus respectivas listas de candidatos a puestos de elección popular, para cumplir con el requisito constitucional de la cuota de género
Por lo que concierne al primer acuerdo, se advierte que el procedimiento muestral probabilístico –conteo rápido– se realizará con criterios científicos y logísticos, que serán definidos por el Comité Técnico Asesor para este conteo rápido.
El levantamiento de la información correspondiente a las casillas que conforman la muestra se realizará por los capacitadores asistentes electorales, que de conformidad con lo dispuesto por la Dirección Ejecutiva de Organización Electoral, tengan a su cargo la cobertura de las casillas pertenecientes a la muestra.
El comité técnico se integrará con los siguientes especialistas y académicos: Guillermina Eslava Gómez, Patricia Romero Mares, Rubén Hernández Cid, Manuel Mendoza Ramírez, Raúl Rueda Díaz del Campo y fungirá como secretario técnico del Comité Técnico Asesor el coordinador de la Unidad de Servicios de Informática, René Miranda Jaimes.
El segundo acuerdo otorga a los partidos políticos nacionales y coaliciones, Partido Acción Nacional, Partido Revolucionario Institucional, Compromiso por México, Movimiento Progresista, Partido del Trabajo, Partido Verde Ecologista de México y Movimiento Ciudadano, un plazo de 48 horas para que rectifiquen las solicitudes de registro de las candidaturas correspondientes, apercibidos de que en caso de no hacerlo se procederá por lo dispuesto en el considerando 13 del presente acuerdo.
Se hace del conocimiento de los partidos políticos nacionales que, en caso que de la verificación del cumplimiento de los requisitos señalados en los artículos 8; 214, párrafo 3; 218, párrafos 2 y 4, y 225, párrafos 3 y 4, todos del código electoral federal, se desprenda que alguna o algunas de las candidaturas que conforman las fórmulas de cuota de género previstas en los artículos 219 y 220, párrafo primero del mismo ordenamiento legal, no cumpla con alguno de los requisitos previstos, deberán ser sustituidas por candidatos del mismo género.
También, el IFE emitió la Guía técnica para la generación de los mensajes de los candidatos a la Presidencia de los Estados Unidos Mexicanos, que se incluirán en el paquete electoral postal para el Proceso Electoral Federal 2011-2012
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Así, se instruye a la Coordinación del Voto de los Mexicanos Residentes en el Extranjero para que coordine los trabajos necesarios, a fin de contar con los materiales informativos de los candidatos a la Presidencia de los Estados Unidos Mexicanos en el paquete electoral postal de los ciudadanos inscritos en la lista de electores en el extranjero.
El cuarto acuerdo es referente a la orden de impresión de las boletas electorales para los ciudadanos inscritos en el Listado Nominal de Electores Residentes en el Extranjero, de los sobres para su envío al instituto y de los sobres en que el material electoral antes descrito será enviado al mexicano que resida en el extranjero, así como de los demás documentos que se utilizarán para que ejerza su derecho.
Los sobres para el envío de la boleta electoral al IFE tendrán impreso como domicilio para los sobres provenientes de los Estados Unidos: Instituto Federal Electoral/Sepomex. PO Box 2789. Laredo, Tx. 78044 2789.
Y para los sobres provenientes del resto del mundo: Instituto Federal Electoral. Apartado Postal IFE 19000-2012. Centro de despachos aéreos Benito Juárez. 19000 México, D.F., México
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