Beneplácito entre las ONG por decisión de la Corte de acotar el fuero militar
El fallo beneficia el caso que propició la resolución y sienta precedente para litigios futuros
Fernando Camacho y Alfredo Méndez
Periódico La Jornada
Jueves 23 de agosto de 2012, p. 16
Jueves 23 de agosto de 2012, p. 16
La decisión de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) de impedir que las violaciones de derechos humanos cometidas por soldados en contra de civiles sean conocidas por tribunales militares es un paso muy importante en contra de la impunidad, y aunque la justicia civil ordinaria tampoco es garantía de buenos resultados, al menos es un espacio independiente que puede ser mejor aprovechado por las víctimas y sus familiares, señalaron activistas de organizaciones sociales.
Santiago Aguirre, abogado del Centro de Derechos Humanos de la Montaña Tlachinollan, señaló que el fallo del máximo tribunal del país es
histórico, pues da la posibilidad a quienes han sufrido abusos de los uniformados de evitar que los crímenes sean juzgados por el mismo Ejército, como en el caso de la familia del indígena nahua Bonfilio Rubio Villegas, asesinado en un retén militar en junio de 2009.
Esta decisión, que aparentemente es sólo de procedimiento, se vuelve muy relevante en nuestro país, donde los derechos de las víctimas están mal tutelados. En este entorno adverso se empieza a lograr que las fuerzas armadas rindan cuentas ante autoridades civiles, explicó el activista.
Aunque Aguirre advirtió que
la justicia civil tampoco es garantía de nada, al mismo tiempo enfatizó que dicho ámbito
da mejores condiciones de imparcialidad e independencia, y subrayó que es vital que el reciente fallo de la SCJN sea el primer paso para sentar jurisprudencia respecto a los límites del fuero castrense.
Por su parte, Octavio Amezcua, de la Comisión de Defensa y Promoción de los Derechos Humanos, también encomió la decisión de la Corte, pues
con ella se da cumplimiento a las sentencias contra México emitidas por la Corte Interamericana de Derechos Humanos, en particular sobre el caso del luchador social Rosendo Radilla, desaparecido por el Ejército en agosto de 1974.
Es una buena señal, pero no hay que echar las campanas al vuelo, porque la justicia civil también tiene muchos defectos y no constituye una garantía de justicia en violaciones de derechos humanos, pero sí mayor transparencia y participación de las víctimas, coincidió.
En el mismo sentido, Amnistía Internacional (AI) saludó la actuación de la SCJN en este tema, y dijo esperar que este fallo deje un precedente obligatorio para todas las cortes del país.
Es el momento de que el sistema de justicia civil investigue, persiga y enjuicie a aquellos militares implicados en violaciones de derechos humanos, aseveró Rupert Knox, investigador especializado en México del organismo.
El abogado Rogelio de la Garza Aguirre, con especialidad en derecho penal internacional y derechos humanos, consideró que la Suprema Corte tomó una decisión
histórica y trascendental para el combate a la impunidadal declarar inconstitucional el artículo 57 del Código de Justicia Militar, que permite juzgar delitos de militares contra civiles bajo el fuero militar.
Añadió que la determinación de la Corte sólo aplicará para el caso específico que dio pauta a esta resolución, y para litigios futuros en los que algún militar cometa un delito contra un civil, pero los 45 militares que actualmente se encuentran sujetos a proceso penal ante los tribunales castrenses por afectar los derechos fundamentales de personas ajenas a la milicia continuarán siendo juzgados por jueces castrenses
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