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miércoles, 19 de diciembre de 2012

Insiste el Ifai a Presidencia que entregue datos sobre promocionales




Insiste el Ifai a Presidencia que entregue datos sobre promocionales
Ariane Díaz
 
Periódico La Jornada
Miércoles 19 de diciembre de 2012, p. 19
La Presidencia de la República deberá buscar y dar a conocer el costo de las cápsulas promocionales de televisión del sexto Informe de gobierno de Felipe Calderón, así como el nombre y la razón social de la empresa contratada para producirlas, determinó el Instituto Federal de Acceso a la Información y Protección de Datos (Ifai).
Un particular solicitó conocer dicha información –mediante una solicitud de acceso– pero la dependencia declaró la inexistencia de la misma, toda vez que localizó un contrato celebrado con la empresa Corazón Films SA de CV, pero que no correspondía a lo solicitado.
De acuerdo con la Presidencia, el contrato número ITP-021-10, referente a servicios de producción y de posproducción off line, de campañas de difusión en materia de gobierno, en radio y en televisión con formato de video digital y/o cine, cuya partida dos se refiere a los Servicios de producción de cápsulas y espots de los informes de gobierno, no correspondía con lo solicitado por el particular, es decir, las cápsulas promocionales televisivas del sexto Informe de Gobierno del presidente Felipe Calderón, por lo que lo orientó a que presentara su petición ante la Secretaría de Gobernación.
Inconforme con la respuesta, el particular presentó un recurso de revisión ante el Ifai, el cual fue turnado a la ponencia de la comisionada Sigrid Arzt Colunga, informó el órgano de transparencia en un comunicado.
La Presidencia reiteró su respuesta inicial y agregó que, a la fecha de la solicitud, no se identificaron erogaciones presupuestales por concepto del sexto Informe de gobierno.
Después de analizar la normatividad aplicable y consultar la información pública relacionada con el tema de la solicitud, la comisionada ponente concluyó que la dependencia no cumplió con su obligación de acceso, en razón de que no hizo una búsqueda exhaustiva en todas sus unidades administrativas competentes y, además, hizo una interpretación acotada de lo solicitado.
Señaló que la Presidencia debe solicitar la autorización de sus campañas de difusión ante la Dirección General de Normatividad de Comunicación de Gobernación y registrarla en el Sistema de Información de Normatividad de Comunicación (SINC), para ejercer los recursos que le fueron asignados para laDifusión de mensajes sobre programas y actividades gubernamentales.
Agregó que la coordinación de Comunicación Social es el área responsable de registrar en el SINC el nombre de la campaña de difusión, el tema específico, la vigencia, los medios a utilizar y los recursos programados, datos con los cuales se puede localizar la información relativa a dicho informe. También advirtió que la dependencia se limitó a buscar información con el criterio específico de cápsulas promocionales televisivas del sexto Informe de Gobierno del presidente Felipe Calderón.
Aunado a ello, consideró que en el contrato celebrado con la citada empresa se pudo incluir algún trabajo relacionado con el sexto Informe de gobierno, presentado el primero de septiembre pasado.
Derivado de lo anterior, propuso revocar la respuesta de la Presidencia e instruirle una nueva búsqueda de información en todas sus unidades administrativas competentes, entre las que no podrá omitir a la Dirección General de Recursos Materiales y Servicios Generales, la Coordinación de Estrategia y Mensaje Gubernamental, la Dirección General de Finanzas y Presupuesto y la Coordinadora de Comunicación Social.
La comisionada también propuso instruirle a la Presidencia verificar el contenido del contrato ITP-021-10, para determinar si la información contenida se relaciona con la solicitada. En caso de que el documento contenga datos personales confidenciales, deberá elaborar las versiones públicas correspondientes

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