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jueves, 14 de febrero de 2013

Quedaron sin tutelar derechos de algunos sectores vulnerables: ONG




Quedaron sin tutelar derechos de algunos sectores vulnerables: ONG
Con información de Ariane Díaz
 
Periódico La Jornada
Jueves 14 de febrero de 2013, p. 15
La nueva Ley de Amparo, aprobada por la Cámara de Diputados el pasado martes, tiene aspectos positivos, como el reconocimiento del llamado interés legítimo de individuos o comunidades, pero también tiene deficiencias, por ejemplo, que no combate las omisiones legislativas ni tutela los derechos de algunos sectores vulnerables, afirmaron académicos y activistas de derechos humanos.
Daniel Márquez Gómez, integrante del Instituto de Investigaciones Jurídicas de la Universidad Nacional Autónoma de México, subrayó que la nueva norma no es totalmente benéfica ni perjudicial por sí misma, pues aunque señala garantías de protección a los derechos humanos y vuelve al amparo una herramienta más accesible, hay aspectos como la suspensión del acto reclamado que pueden generar controversia, debido a posibles perjuicios en algunas actividades económicas.
La reforma a la Ley de Amparo es correcta al destacar de manera muy clara que no se debe otorgar la suspensión del acto reclamado, salvo que se tengan pruebas de que el servidor público no cumplió las formalidades del caso. Tocará a los empresarios demostrar que hubo afectaciones a sus intereses y, en su caso, serán restituidos en el goce de sus derechos cuando hayan sido vulnerados, explicó.
Agregó que siempre se han vertidoopiniones excesivas en relación con el amparo, como decir que es la puerta de salida de delincuentes o un medio de los particulares para violar la ley, pero subrayó que esta herramienta legal y sus modificaciones recientes no son malaspor sí mismas, sino que es el criterio de los jueces el que les da sentido.
Ley histórica
Simón Hernández, abogado del Centro de Derechos Humanos Miguel Agustín Pro Juárez (Prodh), consideró que la nueva ley de amparo es histórica, en la medida en que renueva los mecanismos de defensa de las garantías básicas y los pone al alcance de más personas, tomando en cuenta que dicho recurso implicaba antes un juicio muy especializado.
En términos generales tiene aspectos positivos, como el reconocimiento del interés legítimo, ya sea individual o colectivo, para que una comunidad pueda ampararse contra un proyecto que afecta el medio ambiente, por ejemplo. Otro avance es la legitimación activa de las víctimas y que en el caso de una desaparición forzada no sean los familiares los que tengan la carga de la prueba, indicó.
Diversos colectivos –entre ellos el mismo Prodh, el Centro de Análisis e Investigación Fundar y la Red Todos los Derechos para Todas y Todos– emitieron ayer un comunicado en el cual saludan la aprobación de la nueva ley y llaman al Senado a ratificarla cuanto antes.
Aunque advierten que hay puntos quegeneran preocupación, como lo relativo a la carga de la prueba en materia de suspensión, el amparo agrario o la declaratoria general de inconstitucionalidad, al mismo tiempo afirman que la aprobación y entrada en vigor de este instrumento de defensa puede repercutir en una mejor garantía de los derechos de personas y colectivos cuyo acceso a la justica hoy es limitado.
Arturo Pueblita, académico de derecho de la Universidad Iberoamericana, apuntó que la nueva ley es un trabajo incompleto, con modificaciones cosméticas, que si bien se traducen en algunos beneficios, como facilitar la protección de derechos humanos, no es como la pintan los legisladores, pues para los ciudadanos de a pie las cosas son prácticamente iguales.
Consideró que contiene avances, como los amparos colectivos o permitir que se promueva el recurso acreditando el interés legítimo, pero no es la panacea.
Juan Pablo Castañón Castañón, presidente de la Coparmex, sostuvo que faltó sustancia y un amplio análisis durante la aprobación a la reforma de esa ley, lo que podría generar que hayamexicanos de primera y de segunda

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