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domingo, 28 de julio de 2013

Se han cumplido ya ocho resolutivos ordenados por la CIDH en el caso Campo Algodonero


Se han cumplido ya ocho resolutivos ordenados por la CIDH en el caso Campo Algodonero
Rubén Villalpando
Corresponsal
Periódico La Jornada
Domingo 28 de julio de 2013, p. 10
Ciudad Juárez, Chih., 27 de julio.
La Corte Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) dio a conocer que los gobiernos de Chihuahua y de México cumplieron con ocho resolutivos ordenados en torno a los homicidios de Claudia Ivette González, Laura Berenice Ramos Leyva y Esmeralda Herrera Monreal, conocidos como el caso Campo Algodonero.
Como resultado de la supervisión de la sentencia, la CIDH publicó en su sitiowww.corteidh.or.cr que el gobierno mexicano, y particularmente el gobierno de Chihuahua, cumplieron con los puntos emitidos por los homicidios de Claudia Ivette González, Laura Berenice Ramos Leyva y Esmeralda Herrera Monreal.
Informan que se hicieron las publicaciones ordenadas en el Diario Oficial de la Federación, en un diario de amplia circulación nacional, en un diario de amplia circulación en el estado de Chihuahua y en una página electrónica oficial del estado.
Las autoridades también cumplieron en realizar un acto público de reconocimiento de responsabilidad internacional, en relación con los hechos del presente caso y en levantar un monumento en memoria de las mujeres víctimas de homicidio por razones de género en Ciudad Juárez.
Asimismo, las autoridades trabajan en la estandarización de todos sus protocolos, manuales, criterios ministeriales de investigación, servicios periciales y de impartición de justicia, utilizados para investigar todos los delitos que se relacionen con desapariciones, violencia sexual y homicidios de mujeres.
Otro resolutivo cumplido fue el de crear una página electrónica, que debe actualizarse permanentemente, conteniendo la información personal necesaria de todas las mujeres, jóvenes y niñas que desaparecieron en Chihuahua desde 1993 y que continúan en esa situación.
Asimismo, se implementan programas y cursos permanentes de educación y capacitación en derechos humanos y género; perspectiva de género para la debida diligencia en la conducción de averiguaciones previas y procesos judiciales relacionados con discriminación, violencia y homicidios de mujeres por razones de género, y superación de estereotipos sobre el papel social de las mujeres, dirigidos a funcionarios públicos.
Las autoridades estatales realizan un programa de educación destinado a la población en general del estado de Chihuahua, con el fin de superar dicha situación, y pagaron las cantidades por concepto de indemnizaciones y compensaciones por daños materiales e inmateriales y el reintegro de costas y gastos.
La corte informa que mantendrá abierto el procedimiento de supervisión de cumplimiento de los puntos 12, 13, 14, 19, 21 y 24 de la sentencia, relativos a las obligaciones del Estado de conducir eficazmente el proceso penal en curso y, de ser el caso, los que se llegasen a abrir, para identificar, procesar y, en su caso, sancionar a los responsables materiales e intelectuales de la desaparición, maltratos y privación de la vida de las jóvenes González, Herrera y Ramos; el de investigar, por intermedio de las instituciones públicas competentes, a los funcionarios acusados de irregularidades y, luego de un debido proceso, aplicar las sanciones administrativas, disciplinarias o penales correspondientes a quienes fueran encontrados responsables.
Se deben realizar, en un plazo razonable, las investigaciones correspondientes y, en su caso, sancionar a los responsables de hostigamiento a algunos familiares de las víctimas; adecuar el Protocolo Alba, o en su defecto implementar un dispositivo análogo; crear o actualizar una base de datos con información personal, genética de mujeres y niñas desaparecidas, familiares de las personas desaparecidas, así como de los cuerpos de cualquier mujer o niña no identificada privada de la vida en Chihuahua

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