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jueves, 13 de enero de 2011

Visibilidad y derechos de la diversidad sexual en América Latina*

Héctor Miguel Salinas Hernández
México DF, enero 07 de 2011.
La visibilidad cada vez mayor que han ganado los derechos humanos en los últimos años, ha contribuido a que las personas homosexuales puedan hacer exigibles las mismas garantías de las que gozan las personas heterosexuales. En este artículo, el académico e investigador Héctor Salinas da cuenta de cómo muchos países de Centro y Sudamérica han adecuado paulatinamente sus leyes para dar cabida a una democracia sexual más tangible.
Héctor Miguel Salinas Hernández
A partir de los años ochenta, Latinoamérica vivió un cambio en el modelo económico con el que había venido funcionando, lo cual trajo emparejado un proceso de democratización formal en distintos ámbitos, incluso en el de la sexualidad. La democracia sexual, de acuerdo con el teórico francés Eric Fassin, implica politizar los asuntos sexuales, es decir, desnaturalizarlos para asumirlos como construcciones culturales en las que cada persona pueda “privatizar” su sexualidad, o dicho de otro modo, construirla fuera del marco de normas generales, creando acuerdos más libres sobre la pareja, el contrato amoroso, el placer y la vivencia del cuerpo.
De acuerdo con Anthony Giddens, esta democratización tiene un parangón con las características clásicas de la democracia política: fomenta la autonomía, pues los individuos deben ser libres e iguales en la determinación de condiciones que atañen a sus propias vidas; reconoce la igualdad en la toma de decisiones, pues las preferencias de cada persona deben tener igualdad de importancia; promueve la discusión para lograr acuerdos para la negociación, la mediación y el logro de compromisos; requiere la responsabilidad pública sobre las decisiones tomadas, lo que trae como consecuencia la confianza; y, finalmente, está basada en el pluralismo, pues la diferencia debe ser reconocida como valor.
Esta vivencia “privatizada”, aunque se gesta en el ámbito de lo privado/íntimo, tiene un correlato público en la conformación de organizaciones y movimientos sociales que empujan los límites del sistema socio-cultural que establece una sexualidad heteronormada, y que buscan incidir en políticas públicas con un enfoque de derechos para las personas no heterosexuales. Así, desde hace algunos años con notable visibilidad, hemos sido testigos de legislaciones y políticas cuyo centro discursivo es la disidencia sexual. El siguiente es un panorama de los asuntos de la disidencia sexual en Latinoamérica.
El Caribe
Trece de quince Estados de la Comunidad del Caribe aún penalizan actos sexuales entre personas del mismo sexo basados en leyes de sodomía heredadas de la colonización británica. En los países con herencia española, la situación varía de una nación a otra. Por ejemplo, la situación de Cuba al respecto es paradójica: luego de muchos años de represión, en la actualidad existe una iniciativa de ley en el Parlamento para reconocer derechos patrimoniales y la unión de parejas del mismo sexo, y existe el reconocimiento de la transexualidad como expresión legítima de la sexualidad de algunas personas que han podido, con apoyo del Estado, realizar cambios de sexo y género de manera oficial.
En Puerto Rico, en 2003, fue eliminada de su territorio la penalización de la homosexualidad a través del nuevo Código Civil, lo que ha permitido una mayor visibilidad del sector; en contraparte, en República Dominicana se prohíben sistemáticamente las manifestaciones del orgullo, pero se fomenta abiertamente el turismo (homo) sexual.
Centroamérica
Costa Rica proscribe legalmente las uniones de personas del mismo sexo desde mayo de 2006 por mandato de la Corte Suprema, porque ésta consideró que dichas uniones no son equiparables con las parejas heterosexuales. No obstante lo anterior, y como paradoja, la oferta de bienes y servicios (bares, discotecas, casinos) para el sector es de los más amplios de la zona, principalmente en lo que toca a la promoción de turismo gay friendly.
Una reforma constitucional similar a la tica fue aprobada por una parte del Congreso en El Salvador en abril de 2009, sin embargo no fue ratificada y en contrapartida en mayo de 2010 se creó, al interior de la Secretaría de Inclusión Social, la Dirección de Diversidad Sexual, una entidad técnica creada para contribuir a la identificación de prácticas de discriminación y para corregirla dentro de la Administración Pública.
En Guatemala también fue presentada una iniciativa que prohíbe el matrimonio entre parejas del mismo sexo, la cual pasó por dos votaciones a favor y quedó en espera de una tercera desde 2007. Asimismo, la Procuraduría de Derechos Humanos incluyó en 2009 a los sectores de la disidencia sexual como grupo de población vulnerable, hecho que en informes previos no existía.
Honduras se suma a la lista de países centroamericanos que prohíben de manera explícita el matrimonio para parejas del mismo sexo. La ley que lo consigna fue aprobada de manera unánime por el Congreso Hondureño en marzo de 2005, y proscribe además la posibilidad de la unión civil y la adopción para no heterosexuales. Paradójicamente, en junio de 2008 Honduras apoyó la resolución de la OEA sobre Derechos Humanos, Orientación Sexual e Identidad de Género, en el que el gobierno se comprometió a terminar con la violencia y discriminación que persiste en ese país en contra de la comunidad de la disidencia sexual.
Nicaragua y Panamá tienen la nada envidiable condición de ser países del continente americano que hasta pleno siglo XXI tipificaron como delito a la homosexualidad. Sin embargo las cosas han empezado a cambiar. En el caso de Nicaragua, en mayo de 2008 entró en vigor un nuevo Código Penal que dejó de considerar las relaciones entre personas del mismo sexo como delitos punibles y Panamá, por su parte, despenalizó la homosexualidad el 31 de julio de 2008. Además, en septiembre de 2009, Nicaragua fue sede del II Encuentro Centroamericano por la Diversidad Sexual y en la actualidad existe una Procuraduría Especial de la Diversidad Sexual, encabezada por la activista lesbiana María Samira Montiel Sandino. Una propuesta para reconocer el matrimonio entre personas del mismo sexo fue eliminada por mayoría absoluta por el Congreso Panameño en 2004.
Sudamérica
Argentina reconoce el matrimonio universal desde julio de 2010, y la capital del país cuenta además con una Ley de Unión Civil para parejas del mismo sexo y algunos otros rasgos de política sobre no-discriminación y derechos económicos. En Bolivia la nueva Constitución aprobada en 2009 prohíbe la discriminación por orientación sexual en su artículo 14. En Chile en 2009 se aprobó un Pacto de Unión Civil que da cabida aproximadamente a dos millones de parejas heterosexuales no casadas, pero excluye explícitamente las uniones entre personas del mismo sexo.
Colombia cuenta con una serie de fallos de la Corte Constitucional que la colocan a la vanguardia en esta materia. Tanto las personas como las parejas no heterosexuales cuentan con los mismos derechos que las heterosexuales, amparadas en resoluciones basadas en la Constitución vigente que data de 1991, con la salvedad de que la unión civil no es llamada matrimonio. En la capital, además, existe la “Política LGBT”, que es el más acabado ejemplo de política pública de disidencia sexual en todo el continente americano.
En Ecuador, la homosexualidad estuvo legalmente prohibida hasta 1998, año en que el país reconoció el derecho a la no discriminación por orientación sexual a través de una reforma constitucional. La nueva Constitución estableció el derecho de toda persona a tomar sus propias decisiones en el ámbito de la sexualidad, su vida y su orientación sexual. También reconoce a la familia en sus diversos tipos, pues establece que las uniones de hecho entre dos personas, sin especificar su género, tienen los mismos derechos y obligaciones que el matrimonio, lo que equivale a otorgar derechos y obligaciones a las parejas homosexuales. En octubre de 2008 se emitió en el país el primer documento que reconoce la identidad de una persona transexual acorde con su identidad de género, tras un fallo emitido por la Corte Suprema.
En contraste, en Paraguay el Código Civil establece de manera explícita el matrimonio sólo para heterosexuales y distinta edad para consentir prácticas sexuales entre heterosexuales y homosexuales. Empero, el movimiento social por la disidencia ha logrado la incorporación formal de una mujer trans y un joven abiertamente gay a la función pública y algunas campañas contra la homofobia en Secretarías estatales como la Policía, Juventud, Educación y Salud.
Uruguay es uno de los países latinoamericanos que mayor desarrollo ha tenido en materia de derechos para las comunidades de la disidencia sexual. En 2007 el Congreso aprobó las uniones civiles entre personas del mismo sexo con todos los derechos y obligaciones del matrimonio y en 2009 aprobó la ley que les permite a las parejas del mismo sexo la adopción. Además está permitido el ingreso a las fuerzas armadas de gays y lesbianas, se reconoce la libertad de identidad trans y se tipifican como delitos los crímenes de odio por orientación sexual y de género. Además, desde 2005 existe la Plazoleta de la Diversidad Sexual, un espacio público promovido por las autoridades de Montevideo y el Centro de Investigación y Estudios Interdisciplinarios en Sexualidad del Uruguay, misma organización que distribuye en los colegios de todo el país el manual “Educando en la Diversidad, Orientación Sexual e Identidad de Género en las Aulas”, aprobado en septiembre de 2009.
En Venezuela, en marzo de 2009 el Parlamento reconoció las uniones entre personas del mismo sexo con la figura de “Asociaciones de Convivencia”, que reconocen los mismos derechos y obligaciones que para la figura del matrimonio.
Globalización de derechos
Como puede verse, con la apertura de las sociedades a la globalización, la mayoría de los países latinoamericanos ha establecido en diferente grado formas legales e institucionales de protección de derechos humanos con criterios de corrección política. Pese a ello, permanece para las personas no heterosexuales una práctica punitiva legitimada basada en la aplicación de criterios homofóbicos sobre la disidencia sexual que poco aportan para la construcción democrática. La erradicación de la homofobia es aún materia pendiente en las transformaciones sociales necesarias para la democratización plena de los países latinoamericanos.
*Texto publicado en el número 174 del suplemento Letra S del periódico La Jornada en enero de 2011
Héctor Miguel Salinas Hernández es profesor investigador de la Universidad Autónoma de la Ciudad de México.

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