Día clave en el caso de cancelación de créditos fiscales por $74 mil millones
Jesús Aranda
Periódico La Jornada
Martes 10 de julio de 2012, p. 14
Martes 10 de julio de 2012, p. 14
El amparo presentado en contra de la decisión del Servicio de Administración Tributaria (SAT), el cual se negó a entregar a una ciudadana los nombres de los beneficios de la cancelación de créditos fiscales en 2007 por un monto cercano a 74 mil millones de pesos, dividió opiniones del pleno de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN); cinco de los diez ministros presentes se pronunciaron en favor de la quejosa para que la autoridad hacendaria emita una nueva resolución y tome en cuenta que la información requerida no debe ser considerada
secreto fiscal.
La discusión del asunto continuará este martes y se prevé que sea Margarita Luna Ramos –quien ayer se ausentó de la sesión– la que emita el voto decisivo, respecto a la concesión del amparo presentado por Jimena Ávalos Capín, quien tuvo que recurrir a la justicia federal ante la negativa del SAT a proporcionar la documentación y los nombres solictados, la cual argumentó que el secreto de esos datos es total.
Previamente, con el voto en contra del ministro presidente Juan N. Silva Meza y José Ramón Cossío, la SCJN había confirmado la constitucionalidad del artículo 69 del Código Fiscal de la Federación, en el que se basó la autoridad fiscal para negar la información sobre los créditos fiscales cancelados.
Sin embargo, para los ministros Arturo Zaldívar, Olga Sánchez Cordero y Sergio Valls, la constitucionalidad del artículo referido no es impedimento para conceder la protección de la justicia federal, porque se trata de una caso en el que recursos públicos favorecieron a personas y empresas determinadas. Señalaron que deben prevalecer los principios de máxima publicidad y derecho a la información.
Silva Meza y Cossío subrayaron que el artículo impugnado era contrario a la Constitución, porque la ley no puede generar una condición de reserva
permanente y automáticaque exima a la autoridad de fundar y motivar la temporalidad de la reserva.
Por su parte, los ministros Jorge Pardo Rebolledo y Luis María Aguilar se apoyaron
en un tecnicismo jurisdiccional–como señaló Sergio Valls– para impugnar el proyecto que valida la postura de la juez Paula García Villegas, en el sentido de que la quejosa estaba en condiciones de solicitar nuevamente al SAT la información requerida sobre la cancelación de los créditos fiscales, porque esa información
no puede clasificarse como secreto fiscal.
Apoyaron esta postura Guillermo I. Ortiz Mayagoitia, Fernando Franco y Sergio Aguirre.
Ortiz Mayagoitia agregó que si de lo que se trata es de suplir la deficiencia de la queja –como planteó el ministro ponente Arturo Zaldívar, para que así el pleno discuta el fondo del asunto– tendría que verse también el derecho de los beneficiarios de los créditos fiscales, los cuales
ni siquiera han sido escuchados en este juicio.
Al principio de la sesión, la ministra Sánchez Cordero planteó un posible impedimento para participar en la discusión de este amparo, en razón de que la juez que resolvió en primera instancia este asunto es su hija, Paula García Villegas
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