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domingo, 7 de febrero de 2010

Amplían poder al abogado de la Ssa; se le vincula con grupos de derecha

En cada acción de la dependencia deberá tomarse en cuenta la opinión de Bernardo Fernández

Amplían poder al abogado de la Ssa; se le vincula con grupos de derecha

Se le ha acusado de obstaculizar el paso de normas sobre derechos sexuales y reproductivos

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Personal de la Secretaría de Salud sigue aplicando la vacuna contra la influenza A/H1N1 en varias áreas públicas de la capital del paísFoto Marco Peláez
Ángeles Cruz Martínez
Periódico La Jornada
Domingo 7 de febrero de 2010, p. 34

Prácticamente nada se realizará en la Secretaría de Salud (Ssa) sin la revisión y opinión –que deberá tomarse en cuenta– de la Coordinación General de Asuntos Jurídicos y Derechos Humanos, cuyo titular es Bernardo Fernández del Castillo. Así lo dispone el nuevo reglamento interior de la dependencia, el cual entró en vigor el pasado día 3.

Criticado por sus vínculos con los grupos conservadores del país –el cardenal Norberto Rivera y Provida, entre otros–, el abogado de la Ssa ha sido acusado en varias ocasiones de obstaculizar las normas relacionadas con el avance en el respeto a los derechos sexuales y reproductivos.

Aunque Fernández del Castillo ha rechazado esas acusaciones, con la reforma al reglamento se formalizan para su área una serie de atribuciones que, al mismo tiempo, limitan las del resto de la dependencia.

El primero de dichos cambios es la ubicación de Asuntos Jurídicos inmediatamente debajo de las subsecretarías, con lo que tendrá facultad de suplir las ausencias del titular de la Ssa si alguno de los tres subsecretarios no lo hace.

Además de subir su nivel jerárquico dentro de la dependencia, la Coordinación de Asuntos Jurídicos y Derechos Humanos casi duplicó el número de sus atribuciones, al pasar de 29 –que tenía como dirección– a 53.

Las normas oficiales que anteriormente diseñaban y emitían las unidades administrativas y órganos desconcentrados –en el ámbito de su competencia– ahora deberán presentarse primero a la Coordinación de Asuntos Jurídicos, la que, de ser el caso, hará las contrapropuestas que considere pertinentes.

Asimismo, al abogado de la Ssa le corresponde revisar y opinar sobre los aspectos jurídicos de los tratados y demás instrumentos de carácter internacional en que participe la dependencia o alguno de sus órganos administrativos desconcentrados.

En lo relativo a derechos humanos, también le toca representar a la secretaría ante las instancias del gobierno federal correspondientes, así como frente a los organismos y foros internacionales.

Otra de sus tareas es asesorar las áreas de la Ssa en el seguimiento de quejas y en los procedimientos que puedan dar lugar a recomendaciones de organismos mundiales y nacionales defensores de los derechos humanos.

Fernández del Castillo presidirá también el Comité de Ética Jurídica, del que el reglamento no especifica nada más. Además de establecer los mecanismos de coordinación con las áreas jurídicas de las entidades federativas para el desarrollo de los asuntos de su competencia, el abogado intervendrá en las controversias constitucionales y en las acciones de inconstitucionalidad en que el secretario de Salud represente al presidente de la República, y en las que directamente se interpongan en contra del titular del sector.

De igual forma, propondrá al secretario la postura institucional respecto de las iniciativas en materia de salud que se presenten en el Congreso de la Unión.

La reforma del Reglamento Interior de la Ssa incluye el cambio de nombre de la Subsecretaría de Innovación y Calidad por el de Integración y Desarrollo del Sector Salud. También se formaliza la separación de la Dirección General de Epidemiología de lo que era el Centro Nacional de Vigilancia Epidemiológica y Control de Enfermedades.

Este último, a su vez, se convierte en el Centro Nacional de Programas Preventivos y Control de Enfermedades. Le corresponde, entre otras actividades, proponer al subsecretario de Prevención y Promoción de la Salud las políticas y estrategias nacionales en materia de prevención de urgencias y desastres en salud, así como de padecimientos crónico-degenerativos.

De igual forma, deberá coordinar, supervisar y evaluar los programas de acción en los ámbitos señalados.

La Dirección de Epidemiología se hará cargo de las estrategias en materia de vigilancia y coordinará la Red Nacional de Laboratorios de Salud Pública y de laboratorios, entre otras

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