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viernes, 20 de agosto de 2010

Congreso de Guanajuato aprueba tipificar acoso sexual como delito

Sanciones de seis meses a tres años de cárcel, e inhabilitación si se trata de funcionarios

Congreso de Guanajuato aprueba tipificar acoso sexual como delito

En 2007 Acción Nacional congeló la iniciativa, luego que un ex legislador fue acusado de hostigamiento

A la afectada sólo le ofrecieron mediar con el gobernador y conseguirle préstamo

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Diputados de Guanajuato aprobaron ayer tipificar en el Código Penal del estado el delito de acoso sexual, tres años después de que la bancada del Partido Acción Nacional mandó la iniciativa correspondiente a la congeladoraFoto Carlos García
Carlos García
Corresponsal
Periódico La Jornada
Viernes 20 de agosto de 2010, p. 33

Guanajuato, Gto., 19 de agosto. El Congreso de Guanajuato aprobó por unanimidad tipificar en el Código Penal de la entidad el delito de acoso sexual, iniciativa que el Partido Acción Nacional (PAN) congeló hace tres años, después de que una empleada de gobierno estatal acusó de hostigamiento a un ex legislador panista.

Sin debate y sólo con el posicionamiento del diputado panista Bricio Balderas, el Poder Legislativo acordó castigar el hostigamiento sexual con penas de seis meses a tres años de cárcel.

En tribuna, Balderas aseguró que su fracción rechaza el hostigamiento sexual y todas las formas de discriminación por sexo, edad, etnia, religión o situación económica.

Consideró que el acoso sexual es inaceptable porque se trata de una agresión a los derechos y al espacio de las personas.

El artículo 187 define el acoso sexual como el asedio por cualquier medio a otra persona solicitándole ejecutar cualquier acto de naturaleza sexual, para sí o para un tercero, a pesar de su oposición manifiesta, que conlleve a un estado de indefensión o riesgo para la misma.

Según el artículo 187-b, también incurre en ese ilícito quien valiéndose de su posición jerárquica o de poder, derivada de sus relaciones familiares, laborales, profesionales, religiosas, docentes o de cualquier otra que implique subordinación, asedie a otra persona solicitándole ejecutar cualquier acto de naturaleza sexual. En este caso, el ilícito se castigará hasta con tres años de cárcel.

Si el infractor es servidor público, además de enfrentar pena corporal será destituido e inhabilitado para ocupar otros puestos en el gobierno, señala el artículo 187-c.

Durante la Legislatura pasada, en 2007, la diputada priísta Bárbara Botello Santibáñez impulsó una iniciativa para castigar el acoso sexual, a raíz de que Haidde Patricia Garrido Castillo, empleada del estado, acusó de asedio sexual a Carlos Alberto Robles Hernández, ex legislador panista y en ese entonces director de apoyos sociales de la secretaría particular del gobernador.

En ese año, la bancada del PAN, encabezada por Gerardo de los Cobos Silva –actual diputado federal–, congeló la propuesta para penalizar el acoso sexual.

La entonces empleada de la secretaría particular del Ejecutivo presentó una queja ante la Procuraduría de los Derechos Humanos y la Secretaría de la Gestión Pública.

También buscó apoyo de la directora del Sistema para el Desarrollo Integral de la Familia (DIF), Martha Martínez, y de la titular del Instituto de la Mujer Guanajuatense, Luz María Ramírez Villalpando, de quienes solamente obtuvo la promesa de que hablarían con el gobernador panista Juan Manuel Oliva Ramírez, así como una oferta de conseguirle un préstamo para que emprendiera un negocio o cambiarla de dependencia.

En las actas interpuestas, Patricia Garrido refirió que Carlos Robles se dedicó a hostigarme sexualmente abusando de su posición de coordinador, de que hoy estoy laboralmente bajo sus órdenes y de la protección política de que goza, al llevar una carrera política dentro del PAN

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