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domingo, 28 de abril de 2013

Ordenan indemnizar a deudos de fallecido por negligencia en guardería de Ciudad Juárez




Ordenan indemnizar a deudos de fallecido por negligencia en guardería de Ciudad Juárez
Rubén Villalpando
Corresponsal
Periódico La Jornada
Domingo 28 de abril de 2013, p. 27
Ciudad Juárez, Chih., 27 de abril.
El juez segundo de lo civil, Jesús Alberto Rocha Vega, ordenó al Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS) pagar indemnización de 2 millones 495 mil 700 pesos a los padres de un niño que murió en un accidente en la guardería 2 de Ciudad Juárez por negligencia del personal, en hechos ocurridos el 30 de octubre de 2008.
El juez dictó sentencia, luego de un juicio que duró casi cinco años, en el expediente 294/2010, en el que resolvió que el IMSS debe pagar a Alberto Gaytán Chávez y Cindy Chávez Velázquez la cantidad de 2 millones de pesos, más 485 mil 700 pesos por da- ño material y 10 mil pesos por gastos funerarios que ellos ha- brían erogado.
En su resolución emitida la tarde del viernes, Rocha Vega dijo que esta condena solamente representa una compensación por el sufrimiento infligido a los padres del menor de nombre Mario, debido a la imposibilidad física y material de restituir la vida del infante.
El expediente explica que el 30 de octubre de 2008, los señores Alberto Gaytán y Cindy Chávez llegaron a las 7 horas a la guardería 2 del IMSS, ubicada en la calle Panamá y Niños Héroes, y dejaron a su hijo de dos años y medio bajo cuidado del personal de esa dependencia.
Fue recibido sin problemas por una empleada del IMSS, que lo ubicó en la sala B2 Maternales, donde estuvo a cargo de dos empleadas, hasta que a las 10 de la mañana presentaron el reporte de que no había desayunado bien y durante el recreo se acomodó de rodillas en un espacio de tierra, luego se desvaneció recostado en uno de los juguetes de plástico.
Cuando la empleada lo levantó, creyendo que estaba jugando, se dio cuenta que estaba inconsciente, y solicitó ayuda en la enfermería, como el menor no reaccionaba, lo trasladaron a una clínica cercana donde un médico les explicó que éste había fallecido posiblemente por alguna cardiopatía.
Los padres del menor fueron notificados de la muerte alrededor de las 11 de la mañana, y el niño fue trasladado al Servicio Médico Forense donde una doctora forense le practicó la necrocirugía, donde se estableció que el menor murió por causas naturales, por una neumonía infecciosa con tres o cuatro días de evolución.
Los padres no aceptaron los resultados explicando que su hijo estaba sano, y no padecía ninguna enfermedad que le ocasionara la muerte que fue causada por un descuido negligente del personal de la guardería, que pudo ser por un golpe o por asfixia.
Ante la polémica que desató el caso fue exhumado el cuerpo y se comprobó que el niño murió por asfixia, no por neumonía como lo asentó en su dictamen la doctora Rosa Isela Castillo Soriano.
Con estos peritajes el juez Rocha Vega sentenció que es falso que la causa de muerte del menor se haya debido a neumonía infecciosa, sino más bien la causa de muerte fue por asfixia debido al descuido del personal de la guardería, quien no brindó la protección que requiere un niño de dos años.
El dictamen no estableció cuándo deberán pagarse los casi dos millones y medio de pesos, ni si el personal involucrado en este caso será castigado

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