Christian Rea Tizcareño Los jóvenes en situación de calle con mayor vulnerabilidad ante violación de derechos México DF, septiembre 08 de 2010. Los nueve meses de su primer embarazo, Claudia Martínez Cruz, de 23 años, los vivió en el cruce de las calles Artículo 123 y Humboldt, en la colonia Centro de esta ciudad. Después de dar a luz el pasado 22 de agosto, falleció por negligencia médica y haber carecido de “un apropiado seguimiento clínico” durante la gestación, señaló El Caracol, organización no gubernamental (ONG) que trabaja con personas en situación de calle. Luis Enrique Hernández Aguilar, director de El Caracol, narró que ese domingo por la madrugada, Claudia “se puso mal”, por lo que Carlos, su pareja, pidió una ambulancia, la cual, nunca llegó. Entonces, se trasladaron al Hospital de la Mujer, que refirió a la paciente al nosocomio Rubén Leñero, donde le negaron la atención por “falta de camas”, esto a pesar de que la embarazada contaba con un carnet médico expedido por un centro de salud de la colonia Doctores, cuyo contenido advertía: “signos de alerta, indicadores de preeclampsia”. De acuerdo con el “Lineamiento Técnico para la Prevención, Diagnóstico y Manejo de la Preeclampsia/Eclampsia 2006” de la Secretaría de Salud, tal padecimiento es un “síndrome multisistémico de severidad variable, específico del embarazo. Se presenta después de la semana 20 de la gestación, durante el parto o en las primeras 6 semanas después de éste. El cuadro clínico se caracteriza por hipertensión arterial”. La pareja -originaria del estado de México- recurrió al Hospital General Gregorio Salas. Tras una cesárea de emergencia, nació su hijo. Sin embargo, alrededor de las 8:00 horas, el cuerpo médico informó a Carlos que Claudia había caído en coma, por lo cual, debía ser trasladada al nosocomio de La Villa, donde finalmente murió. Hernández Aguilar anunció que El Caracol ha iniciado gestiones para denunciar el caso ante la Comisión Nacional de los Derechos Humanos, la Comisión Nacional de Arbitraje Médico y el Consejo Nacional para Prevenir la Discriminación. Según El Caracol, el capítulo 31 del Diagnóstico de Derechos Humanos del Distrito Federal describe que la vida de las mujeres y niñas callejeras “es doblemente compleja, pues la condición de género y su condición socioeconómica se conjugan para colocarles en una situación de mayor exclusión y vulnerabilidad”. La ONG cita que el Programa de Derechos Humanos del Distrito Federal, signado por la Jefatura de Gobierno capitalina, insta a “respetar, proteger, promover y garantizar, bajo el principio de igualdad y no discriminación, el derecho al disfrute del más alto nivel posible de salud física y mental de las poblaciones callejeras”. El Caracol aseveró que el caso de Claudia no es un hecho aislado, pues las instituciones públicas del país constantemente niegan a las personas callejeras el acceso a la salud, derecho garantizado por el artículo 4 constitucional y la Ley General en la materia. En particular, a la población femenina sin techo no se le brinda la atención que necesita durante la gestación, tal y como lo dicta la Norma Oficial Mexicana 007 sobre Atención de la Mujer durante el Embarazo, Parto y Puerperio y del Recién Nacido. |
jueves, 9 de septiembre de 2010
Negligencia médica provoca muerte de mujer callejera
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